Herramientas gratuitas para orientarse antes de una consulta: el rango legal de una pensión de alimentos y su renta líquida tras los descuentos legales.
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El ingreso mínimo remuneracional se reajusta periódicamente por ley. Verifique el valor vigente y actualícelo si es necesario.
El monto definitivo lo fija el tribunal según las necesidades de los alimentarios y la capacidad económica de las partes.
* Calculadora de pensión de alimentos: estimación referencial basada en los límites generales de la Ley 14.908 (piso: 40% de un ingreso mínimo remuneracional por un hijo, o 30% por cada hijo si son dos o más; tope: 50% de los ingresos del alimentante). El monto definitivo lo fija el tribunal.
* Calculadora de renta líquida: estimación referencial que considera sueldo base, gratificación legal mensual (Art. 50 del Código del Trabajo: 25% con tope de 4,75 ingresos mínimos al año), asignaciones no imponibles y los descuentos legales generales (AFP 10% más comisión, salud, seguro de cesantía e impuesto único de segunda categoría según tabla mensual en UTM). No considera topes imponibles en UF, horas extra, APV, gratificación por utilidades (Art. 47) ni otros descuentos legales o convencionales. Verifique los valores vigentes de UTM, ingreso mínimo y comisiones. Estas herramientas no constituyen asesoría legal ni reemplazan la evaluación de un abogado.
Cada caso tiene particularidades que pueden mover estos rangos de forma importante. Si el resultado le genera dudas, conversemos: evaluamos su situación de forma confidencial y sin compromiso.
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